Normas de uso Empresas

No se admitirán ofertas de trabajo que estén incursas en alguna de las modalidades siguientes, o que conlleven situaciones asimiladas a las mismas, como por ejemplo:

  • Trabajo de comisionistas, a menos que exista un salario parcial sujeto a contrato laboral.
  • Trabajos sólo para profesionales autónomos, cuyo pago se realice mediante facturación de servicios.
  • Posiciones contractuales laborales que impliquen un desembolso económico por parte del contratado.
  • Trabajos basados en estructuras de venta piramidales, de red, cadenas, negocios multinivel, etc., incluyendo todos aquellos que impliquen una concurrencia de demandantes para ejercer una selección onerosa e intermediaria en el mercado laboral.
  • Becas y prácticas no remuneradas.

Las ofertas que transgredan cualquiera de estas condiciones podrán ser anuladas, sin aviso y sin posibilidad de ser modificadas. La interpretación de estas reglas es competencia de emplea2